Caso Tucumán: réplica al comunicado pro-aborto del Colegio de Abogados de San Isidro
Por Juan Carlos Monedero (h)
El documento emanado por el Colegio de Abogados de San Isidro este 1º de marzo del 2019[1] –con ocasión de la cesárea que le fuese hecha en Tucumán a una niña embarazada– está plagado de distorsiones y errores. Por ejemplo, se repudia “lo recientemente acontecido” en esa provincia, tildándolo de “burla a la ley” cuando es lisa y llanamente hablando una mentira que haya ley. No hay ley del aborto, el aborto en la Argentina no está legalizado, está penalizado (art. 85 del Código Penal). La resolución del Ministerio de Salud de la Nación que respaldaría supuestamente el protocolo ILE no existe (una artimaña cuya responsabilidad le cabe en primer lugar a Cristina Fernández de Kirchner y que, a partir de diciembre del 2015, continuó sostenida por Mauricio Macri). El protocolo no constituye más que un puro acto administrativo, carente de vigor para obligar a nada (desarrollado aquí[2]).
Es absurdo que el documento del Colegio de Abogados de San Isidro sostenga que se han vulnerado “derechos” de las mujeres: como todo abogado debería saber, puesto que el aborto está penalizado en nuestro país, no puede un comportamiento contrario al derecho ser “un derecho”. Es hipócrita, por otro lado, pretender que el acto de violación sobre la niña despoje al embrión de su carácter inviolable. ¿La injusticia del padre debe recaer en su hijo? No se quiere entender que, tan pronto una mujer queda embarazada, su cuerpo desencadena una serie de procesos fisiológicos que la Ciencia Jurídica está obligada a contemplar y a respetar. La Ciencia Jurídica no está por arriba de la realidad sino a su servicio, y los fallos judiciales –vengan de donde viniesen– no pueden hacer que lo blanco sea negro, ni lo negro blanco.
Por otro lado, los abogados de San Isidro invocan el fallo F.A.L. de la CSJN sin la necesaria crítica jurídica al respecto. Porque en F.A.L., los jueces de la Corte fallan en abstracto: en efecto, hacía dos años que el aborto en cuestión ya se había realizado. Más aún: con la misma composición de jueces, la Corte había establecido –caso Sánchez (2007)– la doble indemnización para la familia de Elvira Berta Sánchez, reconociendo no sólo la existencia de vida (y vida humana, sofistas) desde la concepción, sino afirmando que el derecho a la vida desde la concepción tenía rango constitucional. Exactamente lo contrario a F.A.L. ¿Estos son los apoyos de los abogados de San Isidro?
El discurso políticamente correcto que informa el comunicado de este Colegio de Abogados los mueve a decir que, como institución, abogan “por el cumplimiento real y efectivo de las leyes vigentes, como es el de la protección y garantía de los derechos de las personas y en particular de quienes son más vulnerables”. Poco les ha importado la vulnerabilidad de la persona humana en el vientre materno, como es evidente. Lo cierto es que no hay razón para creer en el interés por “los derechos de las mujeres” a nadie que no le interese el derecho de un bebé.
Con toda la tradición médica a cuestas, especialmente el Juramento Hipocrático, hay que decir, además, que el aborto –hábilmente denominado “interrupción”– no es un procedimiento médico, por lo que considerar “tortura” a su falta de realización no pasa de ser un artificio retórico de los firmantes del Colegio de Abogados de San Isidro, recurso impropio en quienes deberían trabajar por la vigencia de la justicia.
Por otro lado, escandalizarse ante la opinión pública porque en este caso particular de violación no se haya realizado el aborto cuando en realidad se persigue la liberación y legalización total del aborto por cualquier motivo –por eso apoyan el proyecto del año pasado– constituye un signo de clara deshonestidad.
No hay una sola línea de repudio al acto del violador en este comunicado, que es el verdadero y auténtico causante del drama que esta niña estuvo recorriendo. Pero esta omisión está calculada: hablar del violador enfurece al potencial lector que, naturalmente, es movido a pensar en las víctimas (la niña embarazada y su hijo), descargando su ira en el agresor.
Por último, la defensa de la vida de los inocentes no es un “supuesto imperativo moral” –como odiosamente la retrata el documento de los abogados de San Isidro–, es una exigencia evidente y contundente del carácter sagrado y único de la vida. Es evidente que quienes no tienen problema en matar no valoran ni pueden valorar lo bello que es vivir.
[1] http://www.casi.com.ar/content/otro-peligroso-antecedente-una-burla-la-ley
[2] https://jcmonedero.com/mitos-y-verdades-en-torno-al-debate-del-aborto-la-resolucion-inexistente/
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Muchas gracias por responder al Colegio de Sofistas de San Isidro. Impecable. Un abrazo y siga adelante Licenciado. 🔥🇦🇷💙
Los abogados deben difundur la verdad a la sociedad que no conoce las leyes. Si los abogados no defienden la vida humana desde la concepción están al servicio del padre de la mentira, o sea Satan o el Demonio.
Los muchachos del Colegio deben saber que: el PRIMER DERECHO es el de la VIDA. Ya que no hay derecho HUMANO si no hay VIDA.
La motivacion politica, los pone en evidencia.
No representan a TODOS los abogados de San Isidro.