5. Decí “pandemia” y brotará dinero
La fuerza de la palabra pandemia fue determinante: como hemos dicho, si no nos hubiesen subrayado hasta la náusea que ‘estamos en pandemia’ nada de lo que estamos viviendo habría podido tener lugar. Y así como el término pandemia habilita restricciones a las libertades civiles y políticas –como hemos mostrado páginas atrás– también abre las puertas para la salida de recursos de excepción por parte de las arcas del estado. La legislación de la Argentina y del mundo entero tiene previsto esto. En México, por ejemplo, hay un dinero disponible esperando para ser librado si se verifican cierto tipo de acontecimientos: el acceso a este capital depende de que un determinado hecho sea denominado ‘desastre natural’. Los políticos sólo pueden utilizar el FONDEN (Fondo Nacional para la Atención de Desastres Naturales) si tienen lugar desastres naturales.
Vayamos al caso de la Argentina. El instrumento público para habilitar el uso de este dinero ha sido la resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud, sancionada el 13/04/2020 y publicada en el Boletín Nacional dos días después. Se trata de la resolución 326/2020, cuyo título reza: “Módulos prestacionales y valores–Apruébanse”. Quien ocupa el cargo de Superintendente es Eugenio Daniel Zanarini. Actualmente el texto tiene dos versiones: la norma original y la actualización.
El texto original de la resolución
Empecemos con un comentario de la norma original. Entre los considerandos, en primer lugar, se invoca ante todo la declaración de pandemia:
VISTO (…) y, CONSIDERANDO: Que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró la pandemia global por el virus COVID-19, con fecha 11 de marzo de 2020.
A través de esta resolución, la propia Superintendencia de Servicios de Salud explicará que ella tiene “competencia en lo concerniente a los objetivos, conducción y supervisión del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD”, debiendo “velar por la continuidad del normal funcionamiento del Sistema durante la pandemia de COVID-19”. Luego, dado que resulta “difícil cuantificar el impacto y afectación de recursos que producirá la pandemia de COVID-19”, esta entidad va a tomar medidas para “asegurar el normal funcionamiento de los Agentes del Seguro de Salud”. Pero especialmente, en orden a “su capacidad de financiar las prestaciones médico-asistenciales que deben brindar a sus beneficiarios, con motivo de sospecha o diagnóstico de COVID-19”.
En base a esta argumentación, la Superintendencia dice que “resulta imperativo ordenar la aplicación de recursos extraordinarios con el objeto de cubrir los gastos” para los casos de “pacientes sospechosos o con diagnóstico de COVID-19”. Por eso, la Superintendencia determina asignar “módulos prestacionales para la cobertura de pacientes sospechosos o con diagnóstico de COVID-19 con financiamiento de recursos de carácter extraordinario”. Y por esto, aprueba estos módulos.
Luego pasa a “fijar los valores únicos a reconocer a los Agentes del Seguro de Salud para la cobertura comprendida en cada uno de ellos” y esto “sin perjuicio de los valores pactados entre los Agentes y sus respectivos prestadores”. Por lo tanto, se designan tres módulos:
1) MÓDULO DE AISLAMIENTO y DIAGNÓSTICO;
2) MÓDULO DE UNIDAD DE CUIDADOS CRÍTICOS POR COVID-19 SIN ASISTENCIA RESPIRATORIA MECÁNICA (ARM)
3) MÓDULO DE UNIDAD DE CUIDADOS CRÍTICOS POR COVID-19 CON ASISTENCIA RESPIRATORIA MECÁNICA (ARM).
Adelantemos que en la norma actualizada, los módulos pasan a ser cuatro. Como bien lo reconocen los integrantes de la Superintendencia, “a los fines de financiar el gasto que demande a los Agentes del Seguro de Salud” estas prestaciones “contenidas en cada uno de los módulos referidos”, la propia entidad “dispone -en una cuenta especial abierta a su nombre en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA- de los recursos del FONDO DE EMERGENCIA Y ASISTENCIA”.
Este fondo de emergencia y asistencia está previsto en el artículo 6 del Decreto N° 908/16. En efecto, por decreto de necesidad y urgencia se estableció en el 2016 – siendo entonces Presidente Mauricio Macri– un régimen excepcional de distribución de recursos para la salud. Por supuesto, se trata de fondos “para el fortalecimiento institucional” y el “mejoramiento de localidad prestacional de los agentes de seguro de salud”. En efecto, si vamos al Anexo II del Decreto N° 908/16, leemos:
ANEXO II
Asistencia financiera a obras sociales ante situaciones de Epidemias y o Emergencias en el ámbito del territorio nacional. Asistencia financiera a obras sociales que desarrollen programas de prevención aprobados por la Superintendencia de servicios de Salud.
En otras palabras, Alberto Fernández utiliza un DNU promulgado por Macri para el uso de dinero que estaba reservado para situaciones excepcionales de salud. Es decir, está prevista la “la asistencia financiera a obras sociales ante situaciones de epidemias y/o emergencias en el ámbito del territorio nacional y el financiamiento de situaciones de excepción”.
Todo esto abre la palabra pandemia. En efecto, si hay pandemia los integrantes del Estado activan ciertos resortes que les permiten disponer de más dinero. Fijémonos que todo depende de que se verifique la pandemia:
esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD está facultada para dictar las normas reglamentarias y complementarias (…) ante un escenario de demanda imprevista de prestaciones asistenciales, provocada por la pandemia de COVID19.
¿Qué pasaría entonces si ocurriese algo que intensificase esas demandas imprevistas? ¿Qué pasaría si la gente, aterrorizada por el miedo, demandase estas prestaciones más de lo normal?
Como hemos dicho, estos tres módulos que comentamos fueron financiados (ver art. 2 de la resolución 326/2020) “con los recursos disponibles en el FONDO DE EMERGENCIA Y ASISTENCIA, creado por el artículo 6° del Decreto N° 908/16”. Por cada persona que es colocada dentro de alguno de estos tres módulos, el Estado gira a ese centro de salud una determinada cantidad.
Módulo 1: Si la persona es recluida bajo el “módulo de aislamiento y diagnóstico”, el Estado gira un dinero de 10 mil pesos por día, durante un máximo de siete días. Dice el texto:
VALOR DEL REINTEGRO: HASTA PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-) POR DÍA, HASTA UN MÁXIMO DE SIETE (7) DÍAS.
¿Cuánto es, al 27/08/2023, la suma de 10.000 pesos del 13/04/2020?
El módulo 1 “contempla la atención brindada en establecimientos asistenciales para pacientes sospechosos que requieran el correspondiente diagnóstico y/o confirmación de COVID-19 y que torne necesario la internación en aislamiento”. Ahora bien, ¿cuándo una persona es “caso sospechoso”?
Esto se estipulará “de acuerdo a los protocolos aprobados por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN” pero, a su vez, agrega que también será de acuerdo con “las modificaciones que se vayan incorporando como consecuencia del comportamiento viral”. Por lo tanto, si esto es algo que puede ir cambiando, el criterio no es fijo. Luego enumera los síntomas que habilitarían incluir a una persona en el módulo 1:
• Fiebre alta
• Tos y/o dificultad respiratoria
• Odinofagia/dolor de garganta
• Fiebre alta signo importante más tos y/o dificultad respiratoria, afectación del estado general. Con fiebre más uno de los otros síntomas: Sospechoso.
• Si a esto se agregan signos epidemiológicos de contacto, mayor presunción de contagio.
Ahora bien, ¿son estos criterios específicos? ¿Podría una persona tener uno o varios o todos esos síntomas y, sin embargo, tener otra afección que no sea COVID? La respuesta es afirmativa.
Estos síntomas también son de gripe. En efecto, cuando se padece gripe se tiene fiebre alta, tos, dificultad respiratoria, dolor de garganta. Algunos, o todos estos síntomas también los tienen quienes padecen neumonía bacteriana. Quienes sufren neumonía atípica. Estos síntomas también responden a neumonía por neumococo.
O neumonía por neumocistis carini.
O neumonía por neumocistis jiroveci.
O neumonía por neisseria.
O influenza.
O rinovirus
O sinusitis.
O bronquitis.
Trascendió una frase de Knut Wittkowski, epidemiólogo, quien ocupó durante más de 20 años el cargo de jefe del Departamento de Bioestadística, Epidemiología y Diseño de Investigación en la Universidad Rockefeller de Nueva York. Antes de desempeñarse en esta labor, también trabajó 15 años con el epidemiólogo Klaus Dietz en la Universidad de Eberhard Karls, de la ciudad alemana de Tübinga. Wittkowski sostuvo públicamente:
Puede haber una gran cantidad de casos de gripe incluidos en la categoría ‘presunto COVID’ de personas que tienen síntomas de COVID (con los que se pueden confundir los síntomas de la gripe), pero no se les hace la prueba del ARN del SARS. Esos pacientes también pueden tener algo de ARN del SARS en la nariz mientras están infectados con gripe, en cuyo caso se ‘confirmaría’ que la gripe está siendo etiquetada falsamente como COVID.
En el mismo sentido, dice el Dr. Luis Marcelo Martínez[1]:
Jugar con los síntomas de una gripe es fenomenal para el Sistema. Porque la gripe es el cuadro más inespecífico en el ser humano. Señores: luego de un estrés; luego de un agotamiento psicofísico; luego de haber pasado un mal momento, desarrollas síntomas simil gripal. Entonces, es la excusa perfecta para que todo el mundo se aterrorice, y vaya corriendo a testearse (…) llevar la medicina a un virus es un reduccionismo violento, porque es la pérdida de la comprensión de lo que es el proceso de Salud-Enfermedad (minutos 15,30 y ss.)
Ahora bien, alguien podría decir al respecto lo siguiente: “Justamente, para esto se le hace el test a la persona, el test PCR sirve para descartar COVID o confirmarlo”. Y aquí justamente está el problema: los test son inespecíficos. No sirven. Hay muchos testimonios de personas que tienen un resultado negativo pero tienen síntomas. Y hay resultados positivos sin síntomas[2].
“2020: Argentina y el mundo bajo cuarentena.
OMS, pandemia, COVID-19, tiranía sanitaria,
nuevas vacunas y mucho más”
Lic. Juan Carlos Monedero (h)
Prologado por la Dra. Roxana Bruno
págs. 77-83 del libro
Conseguí el libro entero acá.
[1] Luis Marcelo Martínez, Médico Genetista (MN 107982), especialista en Genética Médica, magister en Ingeniería Genética y Biología Molecular.
[2] Cfr. https://bbc.in/2OYCyGS. Reproduzcamos algunos fragmentos clave: Título: “Contagio del coronavirus: por qué dar positivo no siempre significa estar infectado”. Y más abajo: “El test más común para diagnosticar el covid-19 es tan sensible que podría estar detectando fragmentos del virus que ya están muertos, según algunos científicos. Y es que la mayoría de personas solo permanecen infectadas alrededor de una semana. Sin embargo, el diagnóstico podría seguir dando positivo semanas después. De acuerdo a un estudio de la Universidad de Oxford, este hecho podría estar sobreestimando la escala real y actual de la pandemia”.